La KPU aún no ha recibido copia de la decisión del Tribunal Supremo sobre la modificación del requisito de edad para los candidatos a jefes regionales.

Viernes, 31 de mayo de 2024 – 12:11 WIB

Yakarta – El comisionado de la KPU Indonesia, Idham Holik, dijo que su partido aún no ha recibido una copia de la decisión de la Corte Suprema (MA) de revocar la disposición sobre el límite de edad mínima para los candidatos presidenciales regionales.

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“Sobre la base del principio de seguridad jurídica, la KPU debería esperar a que el Tribunal Supremo publique oficialmente el caso de la decisión en cuestión”, dijo Idham en contacto con los medios de comunicación el viernes 31 de mayo de 2024.

Se sabe que el Tribunal Supremo ha satisfecho la demanda del Partido de la Guardia Republicana de Indonesia (Partido Garuda) de una revisión judicial del límite de edad mínimo de los candidatos a jefes regionales.

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Esta decisión está contenida en la Decisión No. 23 P/HUM/2024, la cual fue adoptada por el Colegio de Magistrados de la Corte Suprema el miércoles 29 de mayo de 2024.

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En la decisión, la Corte Suprema también señaló que el párrafo 4 (1) letra d del Reglamento de la República de Indonesia (PKPU) No. 9 de 2020 sobre nominaciones para la elección de gobernador y vicegobernador, regente y regente adjunto y / o alcalde y teniente de alcalde es contrario a las más altas disposiciones legales, a saber, la Ley (UU) N° 10 de 2016.

El Tribunal Supremo también afirmó que el artículo del reglamento de la KPU “…la edad mínima de 30 (treinta) años para los candidatos a gobernador y vicepresidente de la región y 25 (veinticinco) años no es legalmente válida. años para los candidatos a regente y vicerregente o candidatos a alcalde y vicealcalde desde el momento en que la pareja de candidatos sea electa.”

Anteriormente, el artículo decía que los ciudadanos indonesios (WNI) pueden postularse para gobernador y vicegobernador que cumplan con el requisito de edad mínima de 30 años a partir de la fecha en que se determine la pareja de candidatos.

Al acceder a la solicitud del Partido Garuda, se cambiará el requisito de edad mínima y el punto de cálculo de edad de los candidatos.

El Tribunal Supremo, en su opinión, consideró que la edad de los candidatos a puestos de dirección pública, incluidos los candidatos a dirección regional, debe ser a partir de la fecha de su nombramiento o poco después de que finalice su condición de candidato, independientemente de que sea como candidato a el cargo para ser considerado funcionario del Estado. candidato registrado, pareja de candidatos o candidato seleccionado.

Según la Corte Suprema, si el punto de cálculo de la edad de los candidatos a gobernador de la región se limita únicamente al momento de determinar la pareja de candidatos, aumenta la posibilidad de pérdida de ciudadanos o partidos políticos que no puedan postularse a sí mismos o a Nominar candidatos a gobernador de la región que sólo hayan alcanzado el máximo. 30 años de edad para gobernador/vicegobernador y 25 años de edad cuando superen la etapa de binomio de candidatos.

Además, el Tribunal Supremo también considera que la Ley núm. 10 de 2016 está dirigida no sólo al HPU como organizador de las elecciones, sino también a todos los ciudadanos que tenían derecho a nominar y ser nominados.

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Al acceder a la solicitud del Partido Garuda, se cambiará el requisito de edad mínima y el punto de cálculo de edad de los candidatos.

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